La Suprema Corte de Justicia ha tomado una decisión trascendental en el caso del Canciller Roberto Álvarez, declarando inadmisible la solicitud de medida de coerción en su contra. El ministro de Relaciones Exteriores se enfrentaba a acusaciones de desacato a una orden judicial emitida por el Tribunal Superior Administrativo, que exigía la reposición de una ministra consejera y otros funcionarios consulares, junto con el pago de sus prestaciones laborales.
El escenario se desarrolló en un día lleno de tensión en el alto tribunal, donde el Canciller permaneció desde las 9:00 de la mañana hasta las 3:00 de la tarde, mientras se presentaban varios incidentes por parte de la defensa. El Ministerio Público, representado por el procurador adjunto Fernando Quezada García, emitió un dictamen solicitando a la corte que se declarara inadmisible la solicitud de medida de coerción, argumentando que las acciones descritas no constituían delitos penales.
La exconsejera Ilonka Rossiveris Pérez Ariza, convertida en actora civil en este caso, acusó al Canciller de abuso de autoridad y atentado contra la libertad personal. A través de una sentencia del Tribunal Constitucional, logró que la parte querellante pudiera solicitar medidas de coerción en casos de acción pública, siempre y cuando existiera un proceso penal abierto. De lo contrario, se estaría suplantando al Ministerio Público en sus funciones.
Argumentos y Contrargumentos
Durante la audiencia en la Suprema Corte de Justicia, Pérez Ariza, representada por el abogado John Garrido, presentó directamente la solicitud de medida de coerción contra el Canciller, argumentando que al ser ministro de Estado, gozaba de jurisdicción privilegiada. Por otro lado, la defensa del ministro, liderada por el abogado Tony Delgado, presentó un medio de inadmisión de la solicitud de medida de coerción, sosteniendo que con el dictamen del Ministerio Público ya se había cerrado la pretensión de la parte querellante.
Los abogados Tamayo Tejada y Luis Jiminián, representantes de otros funcionarios consulares desvinculados del Ministerio de Relaciones Exteriores, también hicieron su aparición ante la Suprema Corte. Estos funcionarios, beneficiados con decisiones del Tribunal Superior Administrativo que ordenaban su reposición y el pago de salarios atrasados, aún no habían sido restituidos en sus cargos ni se les había abonado sus prestaciones.
Consecuencias y Reflexiones
Los abogados de los funcionarios consulares destacaron la gravedad de la situación, señalando que a pesar de tener sentencias del Tribunal Superior Electoral que ordenaban la reposición y el pago de salarios atrasados, el Canciller no había cumplido con dichas decisiones. Esta falta de acción por parte de Álvarez fue calificada como un abuso de poder y una violación de los artículos 114 y siguientes del Código Penal.
A pesar de que en este día solo se presentaron tres casos ante la Suprema Corte, se reveló que los abogados estaban manejando más de 60 expedientes de ex empleados de la institución que se encontraban en una situación similar. El primer caso en ser conocido fue el de Ilonka Rossiveris Pérez Ariza, seguido por los querellantes Rafael Rodríguez y Víctor Acosta, ambos ex vicecónsules en Nueva York.
En definitiva, la decisión de la Suprema Corte de Justicia respecto al caso del Canciller Roberto Álvarez ha dejado en entredicho la actuación de las autoridades y ha puesto de manifiesto la importancia de cumplir con las decisiones judiciales de manera oportuna y diligente. La resolución final de este caso se emitirá el próximo 21 de este mes a las 10:00 de la mañana, por el juez José Ferrer, quien presidió la audiencia en jurisdicción privilegiada.